En SPASS adaptamos a su empresa a la LSSI-CE (Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico), ley de obligado cumplimiento para todas las empresas que promueven su actividad por medios electrónicos y persigan una finalidad económica.
Objeto
El objeto de la LSSI-CE es regular el régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en cuanto a las obligaciones de los prestadores de servicios de la sociedad de la información.
Ámbito de aplicación
La Ley es aplicable a todas las actividades que se realizan por medios electrónicos y persigan una finalidad económica.
Servicio ofrecido a los clientes
Al cliente que solamente utiliza su página web para llevar a cabo una comunicación comercial le redactaremos:
Al cliente que, además, realiza ventas online le redactaremos:
Sanciones
El incumplimiento de la normativa vigente dará lugar a varias infracciones tipificadas en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico, donde el empresario podrá ser sancionado por infracciones leves, graves y muy graves.
LEVES |
hasta 30.000 € |
GRAVES |
de 30.001 a 150.000 € |
MUY GRAVE |
de 150.001 a 600.000 € |