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Formación en APPCC / Manipuladores de Alimentos / Trazabilidad de los alimentos

 

Necesidades formativas obligatorias.

  • Bonificable para trabajadores por cuenta ajena.

 

En cumplimiento del deber de protección, el empresario tiene que garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica -suficiente y adecuada- en materia preventiva.

 

Formación de Manipuladores de Alimentos:

El Reglamento CE 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimentarios, dispone en el capítulo XII dispone que: "Los operadores de empresas alimentarias tienen que asegurar la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimentarios en cuestiones de higiene alimentaria , de acuerdo con su actividad laboral.”



Formación Alérgenos:

El Reglamento 1169/2011, de etiquetado de los alimentos en los establecimientos, es una extensa normativa que se centra principalmente en el etiquetado de los productos alimentarios. En materia de alérgenos se pretende proteger al alérgico, celíaco o intolerante alimentario haciendo extensible la información requerida a la industria alimentaria, al sector de la restauración y hostelería, así como a todos aquellos operadores que suministren alimentos al consumidor final.

 

Formación APPCC:

El Reglamento CE 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimentarios, dispone en el capítulo XII que: "Los operadores de empresas alimentarias tienen que asegurar que quienes tenga a su cargo el desarrollo y mantenimiento del procedimiento mencionado en el apartado y del artículo 5 de este Reglamento o la aplicación de las guías pertinentes hayan recibido una formación adecuada en cuanto a la aplicación de los principios del APPCC.”


Formación de Trazabilidad de los Alimentos:

El Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, tiene como primer objetivo el de aproximar conceptos, principios y procedimientos de cara a la libre circulación de alimentos seguros y saludables. En su artículo 18 introduce, con carácter horizontal para todas las empresas alimentarias y de piensos, la exigencia de disponer -desde enero de 2005- de un sistema de trazabilidad "de los alimentos, los piensos, los animales destinados a la producción de alimentos y de cualquier otra sustancia destinada a ser incorporada a un alimento o un pienso, o con probabilidad de serlo”.

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